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Certificado de últimas voluntades en Madrid

Cuando fallece un familiar en Madrid, la primera pregunta es si dejó testamento. En una ciudad con cientos de notarías, preguntar una por una no es práctico. El Certificado de últimas voluntades señala la notaría exacta donde se otorgó el último testamento.

Qué hacemos con el certificado de últimas voluntades

  • Preparamos la solicitud ante el Registro General de Actos de Última Voluntad, del Ministerio de Justicia.
  • Gestionamos el pago de la tasa con el modelo 790.
  • Presentamos la solicitud por vía telemática y te enviamos el certificado.
  • Te orientamos sobre el siguiente paso: pedir copia del testamento en la notaría indicada.

El certificado indica si la persona fallecida otorgó testamento, la fecha del último y la notaría donde se encuentra. No muestra el contenido del testamento: para eso hay que pedir copia a la notaría correspondiente.

Documentación necesaria

  • Certificado de defunción de la persona fallecida.
  • DNI o NIE de quien solicita el certificado.
  • Modelo 790 cumplimentado y abonado, que preparamos nosotros.
  • Si hay herederos que actúan a través de nosotros, una autorización firmada.

Plazos y datos clave

  • Solo puede solicitarse una vez transcurridos 15 días hábiles desde el fallecimiento.
  • El Registro es único para toda España y recoge testamentos de cualquier notaría.
  • El certificado es el primer documento de una herencia: sin él no se sabe si hay testamento.
  • Si no existiera testamento, el certificado lo indica y se abre la vía de la declaración de herederos.

En Madrid, es habitual que el fallecido hubiera cambiado de domicilio varias veces y otorgado testamento en distintos lugares. El certificado cubre todo el territorio nacional y evita suposiciones sobre dónde se hizo.

Errores que conviene evitar

  • Pedir el certificado antes de que pasen 15 días hábiles desde el fallecimiento, porque el Registro no lo expide.
  • Confundir el certificado de últimas voluntades con la copia del testamento, que se pide a la notaría.
  • Empezar los trámites de la herencia sin saber si hay testamento y tener que rehacerlos después.
  • Olvidar el certificado de defunción, que es imprescindible para la solicitud.

Si has perdido a un familiar en Madrid, entendemos que lo último que apetece es ocuparse de papeles. Envíanos el certificado de defunción y nos encargamos de pedir el certificado y de explicarte qué viene después, a tu ritmo.

Cuando llega el certificado te lo enviamos por email con una explicación sencilla de lo que indica y de cuál es el siguiente paso. Si hay testamento, te orientamos para pedir copia a la notaría; si no lo hay, te explicamos cómo se continúa para resolver la herencia en Madrid.

Cómo trabajamos

Todo el trámite se hace a distancia. Nos escribes por WhatsApp o por email, nos envías las fotos o los PDF de la documentación y nosotros nos encargamos del resto, sin que tengas que desplazarte a ninguna oficina de Madrid. Te vamos informando de cada paso por el mismo canal.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir el certificado de últimas voluntades?

Quien acredite un interés legítimo, como familiares y herederos. Hay que aportar el certificado de defunción y justificar la relación con el fallecido.

¿Cuánto se tarda en recibirlo?

Depende de la carga del Registro. Lo presentamos en cuanto pasan los 15 días hábiles y te avisamos en cuanto llega.

¿El certificado dice a quién se deja la herencia?

No. Solo indica si hay testamento y en qué notaría. El contenido se obtiene pidiendo copia autorizada a esa notaría.

Mi abuelo vivía en Alcalá de Henares, ¿el certificado cubre notarías de otras comunidades?

Sí. El Registro General de Actos de Última Voluntad es único para toda España, por lo que el certificado indica la notaría correcta aunque no esté en la Comunidad de Madrid.

Escríbenos por WhatsApp al 694 216 299 y cuéntanos tu caso.

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